Como el término indica, una ocupación ilegal de un bien inmueble es aquella que tiene lugar en contra de la voluntad de su propietario. Esta definición es con la que juegan muchos medios de comunicación a la hora de informar sobre el hecho de la okupación, con sus titulares sensacionalistas más variopintos. Así, más de una vez, ya sea en boca de personas pertenecientes a nuestro entorno o directamente desde la prensa, escuchamos o leemos frases como la siguiente.
«Muchas personas tienen miedo de salir de viaje por si, al volver, se encuentran sus viviendas “okupadas”, (…) en los últimos cuatro años, las denuncias por “okupación” de los hogares se ha incrementado un 40.9%»
Fuente: Antena 3 Noticias

Ya sea de forma malintencionada o por mera ignorancia, la correlación que adquieren los términos empleados en estas líneas, llevan a equívoco. Si entendemos el término “okupación” como “ocupación ilegal de bienes inmuebles” debemos detenernos en la acepción que adquiere la palabra vivienda (u hogar).
Según el Código Penal, no es lo mismo el allanamiento que la usurpación, ambas interpretadas como okupación y que, por lo tanto, recibe respuestas diferenciadas.
Por un lado, el allanamiento implica la ocupación ilegal, o entrada ilegal, en hogar o morada ajena, siendo así reconocidas tanto la primera como las segundas viviendas de residencia. En este caso, independientemente del tiempo que lleven los ocupantes en el inmueble la ley dicta el desalojo inmediato si hay delito flagrante. Por otro lado, la usurpación implica okupación de inmueble ajeno que no constituya morada. Esto es, toda vivienda o inmueble vacío. En este caso, por usurpación, el inmueble pasa a ser morada de los okupas.
Es más probable que te desahucien a que te okupen la vivienda
Habiendo hecho esta distinción, si echamos un vistazo a los datos proveídos por el INE, desde el 2016 hasta el 2019, las condenas por allanamiento tienden a la baja, pasando de 357 hasta 238 infracciones. Si consideramos, por ejemplo el año 2018, las condenas por allanamiento suponen el 4,5% del total de las condenas por ocupación ilegal de ese año: 6.028 por usurpación; 285 por allanamiento. Si a esto sumamos que el allanamiento se produce en ocasiones por conflictos de pareja o familia, el porcentaje de condenas por okupación, siendo éste allanamiento, se ve reducido.
La inmensa mayoría de las denuncias por usurpación son interpuestas por grandes tenedores.
Cabe también reseñar, que el número de desahucios durante el año 2018 fue igual a 59.671, por lo que por cada condena por okupación, ocurrieron 9 lanzamientos; si se quiere ser más específico, por cada condena por allanamiento, ocurrieron 209 lanzamientos: es más probable que te desahucien a que te okupen la vivienda. Esto también implica que la mayoría de lanzamientos tienen un trasfondo de clase, ya que esconden la resolución de condenas por impago de alquileres y ejecuciones hipotecarias por la situación de precariedad de las familias.
Y, por si supiera a poco, hay que distinguir también el tipo de propietario, que puede ser: gran tenedor (más de 10 bienes inmuebles en posesión), por ejemplo bancos, otras entidades o personas físicas; o pequeños propietarios. La inmensa mayoría de las denuncias por usurpación son interpuestas por grandes tenedores.
Por todo esto, no debería extrañar sentir rabia cuando se oye que
«…cada vez son más las personas que acuden a los equipos antiokupas, grupos de deportistas que tratan de mediar con los okupas para recuperar las viviendas y devolverlas a sus legítimos propietatios»
Fuente: Antena 3 Noticias
Estos «grupos de deportistas», de ideología abiertamente nazi, utilizan técnicas de «mediación» que muchas veces se resumen en actos de vigilancia para el control de entradas y salidas a edificios o inmuebles ocupados, haciendo incluso uso de perros adiestrados. Recurren a la extorsión y a la coacción, aprovechándose del desconocimiento del okupante sobre los procedimientos judiciales. Podemos asegurar, que aunque invoquen a la legalidad, sus tan perfeccionadas técnicas no quedan claras: a la pregunta que le hace una reportera de Espejo Público a un desokupado sobre cómo se ha mediado, éste responde «cosas de hombres».
Una de las empresas – Desokupas – se define como «…una empresa especializada en recuperación de pisos ocupados ilegalmente o con inquilinos precarios». Reconoce así la situación socio-económica de la inmensa mayoría de las familias desahuciadas. En cambio, otras empresas, recurren a otro tipo de terminologías para sortear la realidad y despersonalizar a las víctimas:
«Desokupacionlegal.com es una empresa con más de 4 años de experiencia en el sector de la desokupación y el desahucio por falta de pago, y nos sentimos orgullosos de lo que hacemos».
Es remarcable que, por lo que afirman, no esconden el incentivo de realizar intimidaciones al más puro estilo patrio.
Ante el alarmismo social que se está fomentando, los datos son claros: el problema real es el de los desahucios. Y por si fuera poco, se cuenta con la acción impune de grupos parapoliciales que, auspiciados por los medios de comunicación, ignoran los derechos humanos de aquellas personas a las que no permiten tan siquiera acceder a los pertinentes cauces judiciales burgueses.